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El poder legislativo en Costa Rica recae en la Asamblea Legislativa que es el órgano unicameral encargado de la aprobación de las leyes. Está compuesta por 57 diputados, quienes son elegidos por voto popular, de acuerdo con la proporción de la población en las provincias. Duran en el ejercicio de sus cargos un periodo de cuatro años que comienza el 1 de mayo siguiente a la elección. Son elegidos al mismo tiempo que el Presidente de la República y de conformidad con la Constitución de 1949, no pueden ser reelegidos en forma sucesiva.

Sus instalaciones se encuentran ubicadas en la capital del país, San José de Costa Rica.

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